EditoRed

ASOCIACIÓN DE EDITORES DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN DE LA UE Y AMÉRICA LATINA

¿SE ACABA EL LITIGIO EN LA CORTE INTERNACIONAL ENTRE ECUADOR Y MÉXICO POR JORGE GLAS?​

El Pleno de la Corte Internacional de Justicia. / Foto: Cuenta X de la CIJ

¿SE ACABA EL LITIGIO EN LA CORTE INTERNACIONAL ENTRE ECUADOR Y MÉXICO POR JORGE GLAS?

Por El Comercio, de Ecuador

La Corte Internacional de Justicia rechazó la solicitud de medidas cautelares contra Ecuador. Otros procesos deberán pasar por este órgano judicial.

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitió una resolución sobre las medidas cautelares de Ecuador este jueves 23 de mayo de 2024. La solicitud de México fue pedida ante la Corte de La Haya el pasado 30 de abril.

El conflicto comenzó el 17 de diciembre de 2023, cuando Jorge Glas, quien enfrentaba varias condenas y procesos judiciales en Ecuador, buscó protección en la Embajada de México en Quito. Posteriormente, México le concedió asilo político, decisión que fue considerada ‘ilegal’por Ecuador.

El 5 de abril de 2024, las tensiones aumentaron dramáticamente cuando fuerzas de seguridad ecuatoriana ingresaron a la embajada sin autorización, retiraron por la fuerza a Jorge Glas y detuvieron al jefe adjunto de la misión. Este incidente llevó a México a romper relaciones diplomáticas con Ecuador y a llevar el caso ante la CIJ, solicitando medidas provisionales para proteger su misión diplomática y su personal.

ALEGATOS DE MÉXICO Y ECUADOR ANTE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA

Durante las audiencias celebradas el 30 de abril y el 1 de mayo de 2024, México argumentó que las acciones de Ecuador representaban una violación flagrante del derecho internacional, específicamente de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.

México solicitó a la CIJ que ordenara a Ecuador abstenerse de cualquier acción que pudiera dañar la misión diplomática mexicana y que garantizara la seguridad de sus instalaciones y personal.

Por su parte, Ecuador defendió sus acciones afirmando que la entrada en la embajada fue un incidente aislado motivado por la necesidad de llevar a Glas Espinel ante la justicia. Además, Ecuador presentó garantías a la CIJ de que respetaría y protegería las instalaciones y el personal diplomático mexicano de acuerdo con el derecho internacional.

RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERNACIONAL

La CIJ, tras revisar los argumentos y las garantías proporcionadas por Ecuador, concluyó que no había un riesgo real e inminente de perjuicio irreparable a los derechos de México que justificara la adopción de medidas provisionales.

La Corte subrayó la importancia de la inviolabilidad de las misiones diplomáticas según la Convención de Viena, pero consideró que las garantías de Ecuador eran suficientes para preservar los derechos de México mientras se resolvía el caso de fondo.

Esta decisión no prejuzga el fondo del asunto, que aún deberá ser tratado por la CIJ en futuras etapas del proceso. Tanto México como Ecuador mantienen el derecho a presentar sus argumentos respecto a la jurisdicción, admisibilidad y méritos del caso.

¿QUÉ SIGUE EN LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA?

Tras escuchar los alegatos finales de los países implicados en el reciente caso presentado ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), el proceso legal entra en una nueva fase que determinará la finalización del litigio.

DELIBERACIÓN PRIVADA DEL TRIBUNAL

Una vez concluidos los argumentos orales, los jueces de la CIJ se retiran a deliberar en privado. Este proceso de reflexión y análisis detallado de las pruebas y testimonios puede extenderse por varias semanas o incluso meses. Esto dependerá de la complejidad del caso y la cantidad de evidencia presentada.

Es importante destacar que la deliberación en la CIJ es un proceso colegiado. Los 15 jueces que componen el tribunal trabajan en estrecha colaboración para alcanzar un consenso sobre el fallo. Si bien cada juez tiene su propia perspectiva y experiencia jurídica.

REDACCIÓN Y PRONUNCIAMIENTO DE LA SENTENCIA

Durante la deliberación, los jueces trabajan en la redacción de una sentencia que refleje sus conclusiones y la decisión final sobre el caso. Esta sentencia no solo abordará las cuestiones centrales del litigio, sino que también podrá incluir opiniones disidentes o concurrentes de los jueces, proporcionando una visión completa del razonamiento del tribunal.

Una vez finalizada la redacción, se fijará una fecha para el pronunciamiento público de la sentencia. En esta audiencia, se leerá un resumen de la decisión y se anunciarán las medidas que deben tomar las partes implicadas.

IMPLEMENTACIÓN, CUMPLIMIENTO Y SEGUIMIENTO

Las sentencias de la CIJ son vinculantes y las partes están obligadas a cumplir con ellas. Aunque la corte no posee mecanismos coercitivos para hacer cumplir sus decisiones, la presión diplomática y la reputación internacional suelen motivar a los países a acatar las resoluciones del tribunal.

En casos donde surjan diferencias durante la implementación de la sentencia, la CIJ puede ser solicitada para resolver disputas adicionales o aclarar aspectos. Esto asegura que el fallo se ejecute conforme a los términos dictados por el tribunal.

————

Este artículo fue publicado originalmente en El Comercio, de Ecuador, miembro de EditoRed, con cuya autorización reproducimos aquí.

Acceso a miembros

Acceso a miembros